|
Uno
de los Departamentos
de un Colegio es
el Departamento
de Orientación.
Por su delicada
labor queremos recordar
las funciones que
tiene y sus principales
tareas.
La
Orientación
es para el Colegio
y para el Sistema
Educativo un elemento
esencial que favorece
la calidad y mejora
de la enseñanza.
Es un proceso de
ayuda continua,
a todas las personas
que participan en
el proceso educativo
de los niños
y de las niñas
y a ellos mismos,
con una finalidad
de
prevención y
desarrollo, mediante
programas de intervención
educativa y social
basados en principios
científicos.
El
tipo de ayuda que
la orientación
escolar ofrece presenta
características
distintas según
edad y nivel escolar. .
En
nuestro sistema
educativo la Orientación
se aborda de dos
formas:
1.- En la ESO,
Bachillerato o
FP, siempre y
cuando sean
etapas
concertadas,
donde la
Consejería de
Educación asume
los gastos del
profesional y
donde es
habitual que los
padres, el AMPA, etc. asuman
un pequeño
gasto para materiales
( evaluación
psicopedagógica,
tests, etc) .
2.- En
la E.I, E.P (en
algunas
comunidades
autónomas si
está concertada
la orientación) y Bachillerato
(privado).
donde son las familias
quienes asumen los
honorarios del profesional
por unas determinadas
horas semanales.
Una
función propia
del Departamento
de Orientación
es la evaluación
psicopedagógica.
EVALUACIÓN =
CONOCER PARA MEJORAR. Este es un proceso
de recogida, análisis
y valoración
de la información
relevante sobre
los distintos elementos
que intervienen
en el proceso de
enseñanza
–aprendizaje y su
objetivo es identificar
las necesidades
educativas
de los alumnos y
fundamentar y concretar
las decisiones para
la mejor adecuación
del alumno a dicho
proceso de enseñanza
– aprendizaje.
Estimamos,
por lo tanto, que
es un aspecto de
gran relevancia
que ayuda a mejorar
la calidad de un
Centro.

Otras
funciones del Departamento
son la realización
del Plan de Atención
a la Diversidad,
Asesoramiento a
los tutores en la
realización
del PAT, Realización
del POAP, Asesoramiento
con alumnos de compensatoria,
ACNESS, PDC, PCPI,
atención
individualizada
a alumnos, atención
individualizada
a familias, etc.
Pues
bien, todos
nuestros clientes
tienen a su
disposición una
ASESORÍA TÉCNICA
que se compromete a
ayudarles en
aquellas necesidades
que bien desde el
propio departamento
bien desde el centro
puedan necesitar.
Las necesidades pueden
ser:
- Aplicaciones colectivas en los cursos que se precisen
- Consultas sobre la aplicación de nuestras pruebas, interpretación
de los resultados, etc.
- Consultas Técnicas
- Petición de recursos: presentaciones en power point, etc.
- Petición de recursos y materiales para escuela de padres,
charlas, etc.
Sea
cual sea la situación
de su departamento
de Orientación,
consúltennos
sin ningún
compromiso y cambiaremos
impresiones sobre
la forma de crearlo
o de optimizarlo.
RECURSOS PARA LA
EVALUACION
PSICOPEDAGOGICA
A.
Batería
EOS

Educación
Infantil (EOS-0)
Primer Ciclo de
Educación
Primaria (EOS-1
y EOS-2)
Segundo Ciclo de
Educación Primaria (EOS-3
y EOS-4) Tercer
Ciclo de Educación
Primaria (EOS-5
y EOS-6) Primer
Ciclo de Educación
Secundaria (EOS-7
y EOS-8) Segundo
Ciclo de Educación
Secundaria (EOS-9
y EOS-10) Bachillerato
(EOS-11 y
EOS-12)
B.
Batería
EVALUA

Educación
Infantil (EV.-0)
Educación
Primaria (EV.-1,
EV.-2. EV.-3, EV.-4,
EV.-5 y EV.-6)
Educación
Secundaria (EV.-8.
EV.-9 y EV.-10)
SERVICIO DE
CORRECCIÓN MECANIZADA DE
LAS BATERÍAS EOS Y
EVALÚA
Batería
EOS
Batería
EVALUA

OTROS APORTES Y
MATERIALES
Tests
y Pruebas
NORMA
DEONTOLOGICA
EOS asume automáticamente
la normativa que
dicte el Colegio
Oficial de Psicólogos,
para distribución,
venta y uso de instrumentos
psicológicos
de evaluación,
así como
la que determine
The International
Test Comission (ITC)
por ser miembros
de la misma.
Todas las pruebas
aquí expuestas
sólo pueden
ser utilizadas por
profesionales habilitados
oficialmente para
el ejercicio de
ORIENTADOR (Psicólogo,
Psicopedagogo o
Pedagogo).
ACREDITACION
El
cliente que efectúe
su primer pedido
a EOS debe adjuntar
fotocopia del título
o del carnet de
colegiado.
COPYRIGHT
La reproducción
por parte de cualquier
medio de una parte
o de la totalidad
de una prueba, está
rigurosamente prohibida
por la Ley de Propiedad
Intelectual (BOE
de noviembre de
1987).
|